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Recurso interpuesto el 30 de noviembre de 2010 - Schuerewegen / Parlamento

(Asunto F-125/10)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Daniel Schuerewegen (Marienthal, Luxemburgo) (representantes: P. Nelissen Grade y G. Leblanc, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Objeto y descripción del litigio

Anulación de la decisión de la AFPN por la que el demandante fue apartado de su puesto de trabajo y por la que se le retiró su tarjeta de servicio, así como de los actos consecutivos a esta decisión, y solicitud de indemnización por daños y perjuicios.

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de la AFPN de 30 de agosto de 2010 por la que se desestima la reclamación del demandante.

Que se anule la decisión de la AFPN de 25 de marzo de 2010 por la que el demandante fue expulsado a la fuerza, sin justificación ni notificación escrita u oral y sin preaviso, y por la que se le retiró su tarjeta de servicio, así como los actos consecutivos a esta decisión.

Que se indique a la parte demandada los efectos que implica la anulación de las decisiones impugnadas y, en particular, la reparación del perjuicio sufrido por el demandante.

Que se condene a la parte demandada a rembolsar íntegramente los gastos médicos derivados de los problemas de salud que padeció el demandante a raíz de estos acontecimientos.

Que se condene a la parte demandada a restituir todos los días de vacaciones anuales que el demandante cogió a partir del 25 de marzo de 2010, añadiéndose todos los días de ausencia por enfermedad.

Que se condene a la parte demandada a presentar al demandante excusas públicas y escritas con el fin de limpiar su honor de cualquier falta ante todos.

Que se condene a la parte demandada a velar por que el demandante no sufra en lo sucesivo ningún trato o medida de carácter vejatorio o discriminatorio por razón del acto lesivo impugnado.

Que se condene a la parte demandada a velar por que en el expediente individual del demandante no subsista huella alguna del acto lesivo, de sus motivos o consecuencias.

Que se condene a la parte demandada a buscar activa y rápidamente un puesto para el demandante suficientemente alejado de su destino actual que le permita reincorporarse al trabajo en condiciones humanamente aceptables.

Que se condene a la parte demandada a velar por que las personas que participaron, activa o indirectamente, en la concepción del acto lesivo sean objeto de advertencias o de sanciones adecuadas.

Que se condene a la parte demandada a abonar al demandante la cantidad de 10.000 euros en concepto de daño moral y la cantidad provisional de 5.000 euros en concepto de daño material, sin perjuicio de incremento.

Que se condene en costas al Parlamento Europeo.

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