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Sentencia del Tribunal General de 12 de diciembre de 2014 — Eni SpA/Comisión

(Asunto T-558/08) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de las ceras de parafina — Decisión declarativa de una infracción del artículo 81 CE — Fijación de los precios — Prueba de la infracción — Directrices de 2006 para el cálculo del importe de las multas — Igualdad de trato — Circunstancias agravantes — Reincidencia — Obligación de motivación — Circunstancias atenuantes — Participación sustancialmente reducida — Infracción cometida por negligencia — Derecho de defensa — Plena jurisdicción»)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Eni SpA (Roma, Italia) (representantes: M. Siragusa, D. Durante, G. Rizza, S. Valentino y L. Bellia, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre y V. Di Bucci, agentes)

Objeto

A título principal una pretensión de anulación de la Decisión C(2008) 5476 final de la Comisión, de 1 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/39.181 — Ceras para velas), y a título subsidiario una pretensión de anulación o de reducción del importe de la multa impuesta a la demandante.

Fallo

Fijar en 18 200 000 euros el importe de la multa impuesta a Eni SpA en el artículo 2 de la Decisión C(2008) 5476 final de la Comisión, de 1 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/39.181 — Ceras para velas).

Desestimar el recurso en todo lo demás.

La Comisión Europea cargará con la mitad de sus propias costas y con la mitad de las costas de Eni. Eni cargará con la mitad de sus propias costas y con la mitad de las costas de la Comisión.

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1 DO C 44, de 21.2.2009.