Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 24 de mayo de 2012 —
JBF RAK/Consejo
(Asunto T‑555/10)
«Subvenciones — Importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos — Derecho compensatorio definitivo y percepción definitiva del derecho provisional — Artículo 11, apartado 8, artículo 15, apartado 1, y artículo 30, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 597/2009 — Principio de buena administración»
1. Política comercial común — Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros — Imposición de un derecho compensatorio definitivo — Error de cálculo como consecuencia de una información errónea facilitada por el exportador principal [Reglamento (CE) nº 597/2009 del Consejo, arts. 15, ap. 1, y 30, ap. 1] (véanse los apartados 37 a 42, 65 y 66)
2. Política comercial común — Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros — Desarrollo de la investigación — Comunicación a las partes afectadas de la información recabada — Observaciones de las partes sobre la información final — Obligación de toma en consideración por la Comisión — Alcance [Reglamento (CE) nº 597/2009 del Consejo, art. 30, aps. 1, 2 y 5] (véanse los apartados 68 a 87)
3. Política comercial común — Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros — Desarrollo de la investigación — Facultades de la Comisión — Límites — Obligación de cooperación de las empresas objeto de una denuncia — Alcance [Reglamento (CE) nº 597/2009 del Consejo, arts. 11, ap. 2, y 26] (véase el apartado 80)
4. Política comercial común — Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros — Desarrollo de la investigación — Obligación de comprobar la exactitud de la información facilitada por las partes interesadas — Alcance [Reglamento (CE) nº 597/2009 del Consejo, art. 11, ap. 8] (véanse los apartados 97 a 101, 104 y 105)
5. Derecho de la Unión — Principios — Principio de buena administración — Obligación de diligencia — Procedimiento administrativo — Investigación relativa a las subvenciones practicadas por Estados terceros — Alcance (véanse los apartados 112 y 113)
Objeto
| Anulación del Reglamento de Ejecución (UE) nº 857/2010 del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional sobre las importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos (DO L 254, p. 10). |
Fallo
2) | | JBF RAK LLC cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea. |
3) | | La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |