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Recurso interpuesto el 16 de marzo de 2010 - M/EMEA

(Asunto T-136/10)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: M (representantes: C. Thomann, Barrister, e I. Khawaja, Solicitor)

Demandada: Agencia Europea de Medicamentos (EMEA)

Pretensiones de la parte demandante

Que se conceda una indemnización por daños y perjuicios con arreglo al artículo 340 TFUE por las pérdidas sufridas a consecuencia de infracciones, calculada ésta u otras cantidades similares por el Tribunal General como estime conveniente.

Que se declare que se deben intereses sobre tales cantidades a un tipo equivalente al aplicado con arreglo al artículo 35A de la Supreme Court Act 1981 u otras cantidades similares que el Tribunal General estime convenientes.

Que se condene en costas a la demandada.

Que el Tribunal General ordene cualquier otra medida adicional que considere adecuada.

Motivos y principales alegaciones

En el presente caso, el demandante solicita al Tribunal General que le conceda una indemnización por daños y perjuicios con arreglo al artículo 340 TFUE por los perjuicios sufridos a raíz de un accidente laboral. Sostiene que sufrió perjuicios debido al incumplimiento, por la demandada, de las obligaciones que le incumben como empresaria frente al demandante.

El demandante se apoya, inter alia, en el artículo 6, apartado 3, de la Directiva 89/391/CEE, 1 en el artículo 15 del anexo I de la Directiva 89/654/CEE del Consejo 2 y en el artículo 3 de la Directiva 89/655/CEE, 3 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo.

El incumplimiento por la demandada de sus obligaciones en materia de salud y seguridad por lo que respecta a la apreciación y reducción del riesgo, la adecuación del equipo proporcionado y la provisión de superficies despejadas en el lugar de trabajo constituyó un incumplimiento de las obligaciones de la demandada con arreglo a la normativa sobre salud y seguridad del Reino Unido y de su deber de diligencia. El demandante alega haber sufrido un perjuicio personal, pérdidas económicas y daños morales como resultado de las infracciones anteriormente citadas e invoca su derecho a ser indemnizado.

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1 - Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183, p. 1).

2 - Directiva 89/654/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo (Primera Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) (DO L 393, p. 1).

3 - Directiva 89/655/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo (Segunda Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) (DO L 393, p. 13).