Language of document : ECLI:EU:T:2020:548

Asunto T271/10 RENV II

H

contra

Consejo de la Unión Europea

 Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 18 de noviembre de 2020

«Política exterior y de seguridad común — Agente nacional enviado en comisión de servicios a la MPUE en Bosnia y Herzegovina — Decisión de traslado — Desviación de poder — Interés del servicio — Acoso psicológico — Carácter punitivo del traslado — Responsabilidad — Daño moral»

1.      Política exterior y de seguridad común — Misiones civiles de la Unión Europea — Personal — Destino — Facultad de apreciación de las autoridades competentes — Control jurisdiccional — Límites


 

(véanse los apartados 43, 44 y 49)

2.      Política exterior y de seguridad común — Misiones civiles de la Unión Europea — Personal — Recurso ante el juez de la Unión — Recurso de un agente nacional en comisión de servicios contra una decisión de traslado — Traslado producido en un contexto de acoso moral — Motivos — Desviación de poder — Concepto — Decisión de traslado adoptada por razón de la denuncia por el agente afectado de irregularidades en la gestión de la misión — Carácter punitivo del traslado — Inclusión


 

(véanse los apartados 44, 45, 48, 50, 55 y 77)

3.      Funcionarios — Derechos y obligaciones — Libertad de expresión — Divulgación de hechos que permitan presumir la existencia de una actividad ilícita o de un incumplimiento grave — Alcance de la obligación — Protección del funcionario que haya comunicado tales hechos — Alcance — Aplicabilidad a un miembro de una Misión de Policía de la Unión Europea

(Estatuto de los Funcionarios, art. 22 bis)

(véase el apartado 76)

4.      Procedimiento judicial — Objeto del litigio — Modificación en el curso del proceso — Ampliación de la pretensión de indemnización en la fase de la réplica — Pretensión basada en elementos revelados en el curso del proceso — Admisibilidad

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 76, letra e), y 84, ap. 1]

(véanse los apartados 84 y 88)

5.      Procedimiento judicial — Presentación de pruebas — Plazo — Presentación extemporánea de la proposición de prueba — Requisitos — Aplicabilidad a un procedimiento de devolución ante el Tribunal General

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 85, ap. 3)

(véase el apartado 90)

6.      Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Perjuicio real y cierto causado por un acto ilegal — Anulación del acto ilegal impugnado — Reparación adecuada del perjuicio moral — Límites

(Art. 340 TFUE, párr. 2)

(véanse los apartados 97 y 98)

7.      Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Requisito innecesario en el litigio de los agentes de las Misiones de Policía de la Unión Europea

(Arts. 268 TFUE, 270 TFUE y 340 TFUE, párr. 2; Estatuto de los Funcionarios, arts. 90 y 91)

(véase el apartado 105)

8.      Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Perjuicio — Perjuicio indemnizable — Daño moral causado por el traslado de un agente de una misión de policía de la Unión Europea de un puesto «senior» a un puesto «no senior» en un contexto de denuncia de irregularidades por este último — Inclusión

(Art. 340 TFUE, párr. 2)

(véase el apartado 108)

Resumen

La demandante, H, una magistrada italiana, fue enviada en comisión de servicios a la Misión de Policía de la Unión Europea (MPUE) (1) en Sarajevo (Bosnia y Herzegovina) para ejercer en ella las funciones de Criminal Justice Unit Adviser, a partir del 14 de noviembre de 2008. Su comisión de servicios fue prorrogada en dos ocasiones para ocupar el puesto de Chief of Legal Office, que posteriormente pasó a denominarse Senior Legal Advisor/Legal Counsel.

Mediante escrito de 17 de marzo de 2010, la demandante y una de sus colegas informaron a sus superiores jerárquicos de supuestas irregularidades cometidas en la gestión de la MPUE. Posteriormente, mediante dos decisiones del jefe de la MPUE, (2) la demandante fue traslada, por razones operativas basadas en la necesidad de disponer del asesoramiento de un fiscal en una oficina regional, al puesto de Criminal Justice Adviser – Prosecutor en la oficina regional de Bania Luka (Bosnia y Herzegovina).

La demandante interpuso un recurso que tenía por objeto, en primer lugar, una pretensión de anulación de las decisiones de cambio de destino y, en segundo lugar, una pretensión de indemnización del perjuicio moral y material supuestamente sufrido. En apoyo de su pretensión de anulación, la demandante invocó, en particular, la existencia de acoso psicológico y una desviación de poder. El Tribunal General anuló las decisiones impugnadas y estimó la pretensión de indemnización en la medida en que tenía por objeto la reparación del daño moral causado por dichas decisiones.

Apreciación del Tribunal General

En primer lugar, el Tribunal General observa, por una parte, que las decisiones de la MPUE en materia de recursos humanos tienen un carácter operativo en el ámbito de la política exterior y de seguridad común (PESC) y, por otra parte, que tales decisiones constituyen, por su propia esencia, actos de gestión del personal, como toda decisión similar adoptada por las instituciones de la Unión en el ejercicio de sus competencias.

A continuación, el Tribunal General observa que una decisión de traslado incurriría en desviación de poder si se hubiera adoptado en un contexto de acoso psicológico y con el fin de perjudicar la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de la persona objeto de tal decisión. El Tribunal General señala que lo mismo cabe decir en el caso de que el traslado equivalga, en realidad, a una sanción a la demandante por sus críticas a la gestión de la MPUE. Tales circunstancias serían, según el Tribunal General, constitutivas de una desviación de poder en la medida en que el jefe de la MPUE habría hecho uso de sus facultades para una finalidad distinta de aquella para la que se le concedieron y, además, el traslado no podría considerarse en interés del servicio. En el caso de autos, el Tribunal General estima el motivo basado en la desviación de poder.

Además, el Tribunal General considera que la asignación de un importe de 30 000 euros, evaluada ex aequo et bono, constituye una indemnización adecuada del daño moral sufrido por la demandante por razón de su traslado por las decisiones impugnadas.

Por lo que respecta a la pretensión de indemnización por la que se solicita la reparación del perjuicio material, el Tribunal General señala que la demandante no formuló esa pretensión en el escrito de interposición del recurso. Sin embargo, considera que el perjuicio material supuestamente sufrido por la demandante se sitúa en un contexto fáctico producido después de la interposición del recurso, y a la vez presenta un vínculo, según la demandante, con los actos de acoso psicológico supuestamente sufridos por esta última en el seno de la MPUE y mencionados en la demanda. En estas circunstancias, el Tribunal General considera que obligar a la demandante a interponer un nuevo recurso por lo que respecta a la pretensión indemnizatoria de que se trata sería contrario a la buena administración de justicia y al requisito de economía procesal. En cuanto al fondo, el Tribunal General desestima esta pretensión.

La MPUE comenzó el 1 de enero de 2003, fue prorrogada en varias ocasiones y concluyó durante el año 2012.


1      La MPUE se creó mediante la Acción Común 2002/210/PESC del Consejo, de 11 de marzo de 2002, relativa a la Misión de Policía en la Unión Europea (DO 2002, L 70, p. 1), con el fin de garantizar la sucesión de la Fuerza Internacional de Policía de las Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina.


2      El jefe de la MPUE al que se refiere el artículo 6 de la Decisión 2009/906/PESC del Consejo, relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea (MPUE) en Bosnia y Herzegovina (DO 2009, L 322, p. 22).