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Recurso de casación interpuesto el 30 de noviembre de 2023 por ZF CV Systems Europe, anteriormente Wabco Europe contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda ampliada) dictada el 20 de septiembre de 2023 en el asunto T-637/16, ZF CV Systems Europe / Comisión

(Asunto C-736/23 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: ZF CV Systems Europe, anteriormente Wabco Europe (representantes: E. Righini, avvocato, S. Völcker, Rechtsanwalt y K. Beikos-Paschalis, dikigoros)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia recurrida.

Anule la Decisión (UE) 2016/1699 de la Comisión, de 11 de enero de 2016, sobre el régimen de ayudas estatales en la forma de exención de los beneficios extraordinarios SA.37667 (2015/C) (ex 2015/NN) aplicado por Bélgica. 1

Ordene a la Comisión a cargar con sus propias costas y con las de la recurrente causadas en el presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la recurrente invoca tres motivos:

Primer motivo de casación, basado en la existencia de errores de Derecho en relación con el criterio de control aplicado en la sentencia recurrida. Al no limitarse a una comprobación de la verosimilitud en relación con la determinación de una excepción manifiesta del sistema de referencia, la sentencia recurrida no aplica el criterio de control correcto para la apreciación de las medidas fiscales con arreglo al artículo 107 TFUE.

Segundo motivo de casación, basado en la existencia de errores de Derecho en la determinación del sistema de referencia. En particular, la sentencia recurrida no tiene en cuenta elementos que forman parte del sistema de referencia; interpreta erróneamente el artículo 185, apartado 2, letra b) del Código belga de los impuestos sobre la renta de 1992; desnaturaliza el contenido de esta disposición y no extrae las conclusiones correctas del objetivo que dicha disposición persigue.

Tercer motivo de casación, basado en errores de Derecho en la apreciación, recogida en la sentencia recurrida, sobre la selectividad del régimen en cuestión y en la falta de motivación de las declaraciones efectuadas al diferenciar entre operadores económicos que se encuentran en una situación comparable.

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1 DO 2016, L 260, p. 61.