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Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravni sud u Zagrebu (Croacia) el 22 de abril de 2022 — ANTERA d.o.o./Hrvatska agencija za nadzor financijskih usluga

(Asunto C-278/22)

Lengua de procedimiento: croata

Órgano jurisdiccional remitente

Upravni sud u Zagrebu

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ANTERA d.o.o.

Demandada: Hrvatska agencija za nadzor financijskih usluga

Cuestiones prejudiciales

¿Se incluyen los servicios de arrendamiento operativo y/o de alquiler a largo plazo en el ámbito de aplicación de la Directiva 2006/123/CE (Directiva de servicios), 1 como se ha señalado en el Manual sobre la transposición de la directiva de servicios, de 13 de marzo de 2008, editado por la Dirección General de Mercado Interior y Servicios? ¿Debe considerarse que una entidad que ejerce una actividad de arrendamiento operativo (pero no de arrendamiento financiero) y/o de alquiler de automóviles a largo plazo es una entidad financiera en el sentido del artículo 4, apartado 1, punto 26, del Reglamento (UE) n.º 575/2013? 2

En caso de respuesta afirmativa a la primera de las cuestiones precedentes y negativa a la segunda, ¿es compatible con el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación con los artículos 9 a 13 de la Directiva 2006/123/CE, atribuir a la Hrvatska agencija za nadzor financijskih usluga [Agencia croata de supervisión de los servicios financieros] (HANFA) la facultad de supervisar la prestación de servicios de arrendamiento operativo y/o de alquiler de automóviles a largo plazo con arreglo al artículo 6, apartado 1, de la Ley sobre el arrendamiento financiero, así como de imponer requisitos y restricciones adicionales a los profesionales que ejerzan dicha actividad?

¿Deben interpretarse el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los artículos 9 a 13 de la Directiva 2006/123/CE, en circunstancias como las examinadas en el presente litigio, en las que una sociedad matriz de un Estado miembro pretende prestar en otro Estado miembro por medio de una sociedad filial servicios del mismo tipo que los que presta en el Estado miembro de origen, en el sentido de que permiten que una ley nacional (la Ley sobre el arrendamiento financiero) imponga requisitos y restricciones adicionales a la sociedad filial y con ello obstaculice/haga menos atractivo el ejercicio de la actividad en cuestión?

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1 Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO 2006, L 376, p. 36).

1 Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 (DO 2013, L 176, p. 1).