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Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 19 de enero de 2022 — Global, Companhia de Seguros SA / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-42/22)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Supremo Tribunal Administrativo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Global, Companhia de Seguros SA

Recurrida: Autoridade Tributária e Aduaneira

Cuestiones prejudiciales

A.    ¿Deben interpretarse el artículo 13, parte B, letra a), de la Sexta Directiva del IVA 1 y, por consiguiente, el actual artículo 135, apartado 1, letra a), de la Directiva del IVA, en el sentido de que el concepto de «operaciones de seguro y reaseguro» comprende, a efectos de la exención del IVA, las actividades conexas o complementarias como la adquisición y venta de restos de vehículos siniestrados?

B.    ¿Deben interpretarse el artículo 13, parte B, letra c), de la Sexta Directiva del IVA y, por consiguiente, el posterior artículo 136, letra a), de la Directiva del IVA, 1 en el sentido de que la adquisición y venta de restos de vehículos siniestrados se considera exclusivamente afectada a una entidad exenta, siempre que esos bienes no hayan dado derecho a la deducción del IVA?

C.    ¿Resulta contrario al principio de neutralidad del IVA que la venta de restos de vehículos siniestrados por parte de compañías aseguradoras no esté exenta del IVA cuando no haya habido derecho a la deducción del IVA?

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1 Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO 1977, L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).

1 Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).