Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 27 de agosto de 2008 — Adomex/Comisión
(Asunto T‑315/05)
«Recurso de anulación — Ayudas otorgadas por las autoridades neerlandesas en el sector de la floricultura — Decisión de no plantear objeciones — Acto que no afecta individualmente a la demandante — Inadmisibilidad manifiesta»
Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda compatible con el mercado común sin incoar el procedimiento de investigación formal (Arts. 88 CE, aps. 2 y 3, y 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 27 a 31 y 33 a 36)
Objeto
| Solicitud de anulación de la Decisión C(2005) 592 final de la Comisión, de 16 de marzo de 2005, de no plantear objeciones respecto a la ayuda N 372/2003, relativa al sector de la floricultura, notificada por las autoridades neerlandesas. |
Fallo
1) | | Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso. |
2) | | Condenar en costas a Adomex International BV. |