Language of document : ECLI:EU:T:2012:674





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2012 —
1. garantovaná/Comisión

(Asunto T‑392/09)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del carburo de calcio y del magnesio para las industrias del acero y el gas del EEE, con excepción de Irlanda, España, Portugal y Reino Unido — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Fijación de los precios y reparto del mercado — Imputabilidad de la conducta ilícita — Multas — Límite máximo del 10 % del volumen de negocios — Volumen de negocios pertinente — Derecho de defensa — Obligación de motivación — Proporcionalidad — Directrices para el cálculo del importe de las multas de 2006 — Capacidad contributiva»

1.                     Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Sociedad matriz y filiales — Unidad económica — Criterios de apreciación — Carga de la prueba [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véanse los apartados 19 a 21, 29 a 33, 41, 42, 46, 48, 49 y 54 a 57)

2.                     Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Sociedad matriz y filiales — Unidad económica — Criterios de apreciación — Sociedad matriz que se comporta como un mero inversor financiero — Concepto [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véanse los apartados 51 y 52)

3.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Contenido necesario — Respeto del derecho de defensa — Indicación de los principales elementos de hecho y de Derecho que pueden dar lugar a la imposición de una multa — Indicación suficiente a la luz del derecho a ser oído sobre la determinación del importe de la multa [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 27] (véanse los apartados 68, 69, 73, 74, 78 y 79)

4.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Importe máximo — Cálculo — Volumen de negocios que ha de tomarse en consideración — Volumen de negocios del ejercicio económico que precede a la fecha de imposición de la multa — Ejercicio social caracterizado por la cesión de un conjunto de activos — Utilización del volumen de negocios del ejercicio económico inmediatamente anterior — Procedencia — Violación del principio de seguridad jurídica — Inexistencia [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véanse los apartados 86 a 90 y 103 a 107)

5.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Carácter disuasorio de la multa — Facultad de apreciación de la Comisión — Límites — Respeto del principio de proporcionalidad y de igualdad de trato — Obligación de tener en cuenta la situación financiera deficitaria de la empresa implicada — Inexistencia [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, ap. 35] (véanse los apartados 112 a 119, 131, 132 y 137)

6.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Capacidad contributiva real de la empresa en un contexto económico y social particular — Consideración — Requisitos — Puesta en peligro irremediablemente de la viabilidad económica de la empresa a causa de la multa — Requisito que no puede cumplir una empresa que ha decidido cesar su actividad y vender sus activos [Art. 81 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, ap. 35] (véanse los apartados 142 a 144)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión C(2009) 5791 final de la Comisión, de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/39.396 — Reactivos basados en carburo de calcio y magnesio para las industrias del acero y el gas), en cuanto atañe a la demandante, y, con carácter subsidiario, pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a la demandante mediante dicha Decisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a 1. garantovaná a.s.