Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de marzo de 2022 — Novais/Portugal
(Asunto C‑816/21 P)
«Recurso de casación — Derecho institucional — Artículo 265 TFUE — Recurso por omisión contra un órgano jurisdiccional nacional — Incompetencia manifiesta del Tribunal — Recurso de casación manifiestamente infundado»
1. Recurso de casación — Motivos — Motivos manifiestamente inadmisibles o manifiestamente infundados — Desestimación en cualquier momento, mediante auto motivado y sin fase oral
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 181)
(véase el apartado 5)
2. Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente o contradictoria — Admisibilidad — Alcance de la obligación de motivación
(Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1)
(véanse los apartados 8 y 9)
3. Recurso por omisión — Personas físicas o jurídicas — Omisiones recurribles — Abstención del Presidente de un órgano jurisdiccional nacional de adoptar determinadas resoluciones — Incompetencia manifiesta del juez de la Unión — Inadmisibilidad
(Arts. 256 TFUE y 265 TFUE, párr. 3; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 51)
(véanse los apartados 10 a 14)
Fallo
1) | | Desestimar el recurso de casación por ser manifiestamente infundado. |
2) | | El Sr. Luís Miguel Novais cargará con sus propias costas. |