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Recurso de casación interpuesto el 29 de noviembre de 2023 por Nicoventures Trading Ltd y otros contra el auto del Tribunal General (Sala Segunda) dictado el 20 de septiembre de 2023 en el asunto T-706/22, Nicoventures Trading y otros / Comisión

(Asunto C-731/23 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: Nicoventures Trading Ltd, British American Tobacco (Alemania) GmbH, British American Tobacco Italia SpA (BAT Italia), British American Tobacco Polska Trading sp. z o.o., British American Tobacco España, S. A., P.J. Carroll & Company Ltd (representantes: L. Van den Hende, M. Schonberg, advocaten)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Los recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule el auto recurrido.

En la medida en que el Tribunal de Justicia considere que el estado del litigio lo permite, desestime la excepción de inadmisibilidad planteada por la Comisión, declare la admisibilidad del recurso y devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie en cuanto al fondo.

Condene a la Comisión a cargar con las costas de los recurrentes, incluidas las del procedimiento ante el Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso de casación se apoya en un único motivo, referido a la aplicación que hizo el Tribunal General del requisito de afectación individual, y a su conclusión según la cual los recurrentes carecían de legitimación para recurrir contra la Directiva Delegada (UE) 2022/2100 1 de la Comisión de 29 de junio de 2022 por la que se modifica la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado (la «medida controvertida»).

Se alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al apreciar los factores aducidos por los recurrentes para defender su afectación individual. En esencia, el Tribunal General incurrió en error de apreciación al considerar cada uno de dichos factores de forma separada e individual, y centrándose por tanto en si cada uno era suficiente de por sí para demostrar la afectación individual, en lugar de considerarlos de forma global. El Tribunal General incurrió también en error al apreciar la importancia legal de los factores aducidos por los recurrentes, por cuanto todos ellos son importantes y pertinentes a este respecto.

Se alega que el Tribunal General incurrió en error al apreciar el requisito legal específico, en materia de afectación individual, relativo a si la medida controvertida afectaba sustancialmente a la posición competitiva de los recurrentes. En particular, el Tribunal General determinó erróneamente la aplicabilidad de dicho requisito y aplicó este de forma errónea.

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1 DO 2022, L 283, p. 4.