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Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 17 de febrero de 2011 — RapidEye/Comisión

(Asunto T‑330/09)

«Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Ayudas otorgadas por las autoridades alemanas con arreglo a las Directrices multisectoriales sobre ayudas regionales — Proyecto de sistema de información geográfica por satélite — Solicitud de confirmación del alcance de una decisión por la que se declara una ayuda compatible con el mercado común — Respuesta de la Comisión — Acto no susceptible de recurso — Inadmisibilidad»

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Apreciación de dichos efectos de acuerdo con la naturaleza del acto — Respuesta de la Comisión a una solicitud de confirmación del alcance de una decisión por la que se declara compatible con el mercado común una ayuda de Estado — Decisión confirmatoria — Exclusión (Arts. 87 CE, 88 CE y 230 CE) (véanse los apartados 24 a 29, 32 a 37, 40 y 44 a 47)

Objeto

Solicitud de anulación de la decisión supuestamente contenida en el escrito de la Comisión de 9 de junio de 2009, relativa a la ayuda concedida a RapidEye AG por las autoridades alemanas para la creación de un sistema de información geográfica por satélite [Ayuda de Estado CP 183/2009 — Alemania; RapidEye AG (control a posteriori MSR 1998 — N 416/2002)].

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a RapidEye AG.