Language of document : ECLI:EU:T:2012:4





Auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 11 de enero de 2012 —
Ben Ali/Consejo

(Asunto T‑301/11)

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Túnez — Recurso de anulación — Plazo para recurrir — Extemporaneidad — Inexistencia de fuerza mayor — Inexistencia de error excusable — Pretensión de reforma del acto impugnado — Pretensión de indemnización — Inadmisibilidad manifiesta»

1.                     Recurso de anulación — Plazos — Carácter de orden público — Examen de oficio por el juez de la Unión (Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, aps. 1 y 2) (véanse los apartados 15 y 16)

2.                     Recurso de anulación — Plazos — Inicio del cómputo — Reglamento relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez — Fecha de comunicación de los motivos en los que se fundamenta el pago a dichas personas, entidades u organismos [Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, aps. 1 y 2; Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo] (véanse los apartados 17 a 20)

3.                     Procedimiento — Plazo para recurrir — Caducidad de la acción — Error excusable — Concepto — Caso fortuito o de fuerza mayor — Concepto (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 45, párr. 2) (véanse los apartados 29 y 32)

4.                     Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Reglamento relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez — Competencia para sustituir el acto controvertido por otro acto o para reformarlos — Inexistencia — Pretensión de que se desbloqueen o se pongan a disposición determinados fondos o recursos económicos congelados — Inadmisibilidad [Arts. 261 TFUE y 264 TFUE, párr. 1; Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo] (véase el apartado 62)

5.                     Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación del perjuicios causados por una institución de la Unión — Falta de mención del perjuicio sufrido — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 19; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, aps. 1, letra c), y 6] (véanse los apartados 69 a 72 y 76)

6.                     Procedimiento — Intervención forzosa — Improcedencia (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 40; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 24, ap. 6, 115 y 116) (véanse los apartados 79 y 80)

Objeto

Por un lado, que se anule el Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo, de 4 de febrero de 2011, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez (DO L 31, p. 1), en la medida en que se refiere al demandante y, por otro lado, petición de que se condene al Consejo a adoptar determinadas excepciones a la congelación de fondos impuesta por el mencionado Reglamento así como una pretensión de que se repare el perjuicio supuestamente sufrido por el demandante.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

El Sr. Mehdi Ben Tijani Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen Ben Ali cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención de la Comisión Europea.