Language of document : ECLI:EU:T:2014:128





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 14 de marzo de 2014 —
HeidelbergCement/Comisión

(Asunto T‑302/11)

«Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión por la que se solicita información — Carácter necesario de la información solicitada — Obligación de motivación — Proporcionalidad»

1.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Indicación de las bases jurídicas y del objeto de la solicitud — Alcance — Incumplimiento de la obligación de motivación — Inexistencia [Art. 101 TFUE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18, ap. 3] (véanse los apartados 26, 29, 36 y 42)

2.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Respeto del derecho de defensa — Posibilidad de que la empresa interesada invoque plenamente dichos derechos únicamente tras el envío de la comunicación de las imputaciones [Art. 101 TFUE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo] (véanse los apartados 32, 33 y 37)

3.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Indicación de las bases jurídicas y del objeto de la solicitud — Exigencia de un vínculo de necesidad entre la información solicitada y la infracción investigada — Margen de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional — Alcance [Art. 101 TFUE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18, ap. 3] (véanse los apartados 34 y 52)

4.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Facultades de la Comisión — Límite — Respeto del principio de proporcionalidad — Solicitud de información que ya está en posesión de la Comisión — Violación de dicho principio — Solicitud dirigida a obtener precisiones con respecto a la información facilitada anteriormente — Procedencia [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18, ap. 3] (véanse los apartados 72 a 74, 76 y 79)

5.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Facultades de la Comisión — Facultad de presentar
una solicitud que implique la formalización de los datos solicitados — Límites [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18] (véanse los apartados 85 y 86)

6.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Facultades de la Comisión — Límite — Respeto del principio de proporcionalidad — Plazo de respuesta dato a la empresa — Apreciación del carácter proporcionado [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18, ap. 3] (véanse los apartados 92 y 104 a 107)

7.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Derecho de defensa — Derecho absoluto a guardar silencio — Inexistencia — Derecho a negarse a dar una respuesta que implique reconocer una infracción [Art. 101 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 47 y 48, ap. 2; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18] (véanse los apartados 118 a 120)

8.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Solicitud de información — Derecho de defensa — Derecho a negarse a dar una respuesta que implique reconocer una infracción — Cuestiones de la Comisión que tienen como consecuencia tales respuestas — Apreciación [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18] (véanse los apartados 121 y 134 a 136)

Objeto

Anulación de la Decisión C(2011) 2361 final de la Comisión, de 30 de marzode 2011, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 18, apartado 3,del Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo (asunto 39 520 — Cemento y productos relacionados).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a HeidelbergCement AG, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.