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Sentencia del Tribunal General de 8 de septiembre de 2016 — Merck/Comisión

(Asunto T-470/13) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los medicamentos antidepresivos que contienen el ingrediente farmacéutico activo citalopram — Concepto de restricción de la competencia por el objeto — Competencia potencial — Medicamentos genéricos — Barreras a la entrada en el mercado derivadas de la existencia de patentes — Acuerdo concluido entre el titular de patentes y una empresa de medicamentos genéricos — Error de Derecho — Error de apreciación — Imputabilidad de las infracciones — Responsabilidad de la sociedad matriz por las infracciones de las reglas de la competencia cometidas por una de sus filiales — Seguridad jurídica — Plazo razonable — Multas»)

Lengua de procedimiento: ingles

Partes

Demandante: Merck KGaA (Darmstadt, Alemania) (representantes: inicialmente B. Bär-Bouyssière, K. Lillerud, L. Voldstad, B. Marschall, P. Sabbadini, R. De Travieso, M. Holzhäuser y S. O, abogados, M. Marelus, Solicitor, y R. Kreisberger y L. Osepciu, Barristers, posteriormente B. Bär-Bouyssière, L. Voldstad, M. Holzhäuser, A. Cooke, M. Gampp, abogados, M. Marelus, R. Kreisberger y L. Osepciu)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente J. Bourke, F. Castilla Contreras y T. Vecchi, posteriormente F. Castilla Contreras, T. Vecchi, B. Mongin y C. Vollrath, agentes, asistidos por S. Kingston, Barrister)

Parte coadyudante en apoyo de la demandada: Generics (UK) Ltd (Potters Bar, Reino Unido) (representantes: inicialmente G. Drauz, M. Rosenthal y B. Record, abogados, porteriormente G. Drauz y M. Rosenthal)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión C(2013) 3803 final de la Comisión, de 19 de junio 2013, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 101 [TFUE] y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto AT/39226 — Lundbeck), y pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a la demandante por dicha Decisión.

Fallo

Desestimar el recurso.

Merck KGaA cargará con sus propias costas así como las de la Comisión Europea.

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1 DO C 325 de 9.11.2013.