Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 10 de noviembre de 2021 — PIK-KO/EUIPO — Haribo Ricqles Zan (P.I.C. Co.)
(Asunto T‑73/21)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión P.I.C. Co. — Marca figurativa nacional anterior PIK — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento n.º 207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 1, letra a), del Reglamento 2017/1001] — Declaración de nulidad parcial»
1. Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]
(véanse los apartados 19 a 21 y 53)
2. Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]
(véase el apartado 23)
3. Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]
(véase el apartado 25)
4. Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]
(véanse los apartados 27, 28 y 30)
5. Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas figurativas P.I.C. Co. y PIK
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]
(véanse los apartados 38, 47, 51, 52 y 61 a 65)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de noviembre de 2020 (asunto R 1847/2019‑5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Haribo Ricqles Zan y PIK‑KO. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a PIK‑KO AD. |