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Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 22 de abril de 2021 — Keskinäinen Vakuutusyhtiö Fennia / Koninklijke Philips N.V.

(Asunto C-264/21)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein oikeus

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Keskinäinen Vakuutusyhtiö Fennia

Recurrida: Koninklijke Philips N.V.

Cuestiones prejudiciales

¿Requiere el concepto de «productor» a efectos del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 85/374/CEE 1 que una persona que pone o permite que se ponga su nombre, marca o cualquier otro signo distintivo en el producto se presente también de alguna otra forma como productor de este?

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿A qué aspectos se ha de atender para valorar si una persona se presenta como productor? ¿Es relevante a este respecto que el producto sea fabricado por una filial del titular de la marca y comercializado por otra filial?

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1 Directiva 1999/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 1999, por la que se modifica la Directiva 85/374/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos (DO 1999, L 141, p. 20).