Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 21 de octubre de 2014 —
Italia/Comisión
(Asunto T‑268/13)
«No ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento de Estado — Multa coercitiva — Decisión de liquidación de la multa coercitiva — Obligación de recuperación — Empresas objeto del procedimiento concursal — Objeto de los procedimientos concursales de que se trata — Diligencia necesaria — Carga de la prueba»
1. Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — No presentación de los anexos del acto impugnado — Admisibilidad a falta de perjuicio ocasionado a las demás partes (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 21, párr. 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 4) (véanse los apartados 27 a 34)
2. Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Obligación — Beneficiario sujeto a un procedimiento colectivo — Inclusión de las ayudas en la relación de los créditos — Procedimiento colectivo que no va dirigido a obtener la liquidación del beneficiario — Inejecución de la obligación de recuperación (Art. 88 CE, ap. 2) (véanse los apartados 55 a 67)
3. Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Obligación — Dificultades de ejecución — Obligación del Estado miembro de efectuar todas las diligencias necesarias a efectos de la recuperación — Carga de la prueba que incumbe al Estado miembro (Art. 88 CE, ap. 2) (véanse los apartados 76 a 84)
4. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia que impone una multa coercitiva a un Estado miembro — Decisión de liquidación de la multa coercitiva (Art. 296 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 90 y 91)
Objeto
| Petición de anulación de la Decisión de la Comisión C(2013) 1264 final, de 7 de marzo de 2013, que ordena a la República Italiana que abone en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea» la cantidad de 16 533 000 euros como multa coercitiva. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a la República Italiana. |