Language of document : ECLI:EU:T:2014:900





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 21 de octubre de 2014 —
Italia/Comisión

(Asunto T‑268/13)

«No ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento de Estado — Multa coercitiva — Decisión de liquidación de la multa coercitiva — Obligación de recuperación — Empresas objeto del procedimiento concursal — Objeto de los procedimientos concursales de que se trata — Diligencia necesaria — Carga de la prueba»

1.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — No presentación de los anexos del acto impugnado — Admisibilidad a falta de perjuicio ocasionado a las demás partes (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 21, párr. 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 4) (véanse los apartados 27 a 34)

2.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Obligación — Beneficiario sujeto a un procedimiento colectivo — Inclusión de las ayudas en la relación de los créditos — Procedimiento colectivo que no va dirigido a obtener la liquidación del beneficiario — Inejecución de la obligación de recuperación (Art. 88 CE, ap. 2) (véanse los apartados 55 a 67)

3.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Obligación — Dificultades de ejecución — Obligación del Estado miembro de efectuar todas las diligencias necesarias a efectos de la recuperación — Carga de la prueba que incumbe al Estado miembro (Art. 88 CE, ap. 2) (véanse los apartados 76 a 84)

4.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia que impone una multa coercitiva a un Estado miembro — Decisión de liquidación de la multa coercitiva (Art. 296 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 90 y 91)

Objeto

Petición de anulación de la Decisión de la Comisión C(2013) 1264 final, de 7 de marzo de 2013, que ordena a la República Italiana que abone en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea» la cantidad de 16 533 000 euros como multa coercitiva.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la República Italiana.