Language of document : ECLI:EU:T:2015:519





Auto del Tribunal General (Sala Octava)
de 22 de junio de 2015 — In vivo/Comisión

(Asunto T‑690/13)

«Recurso por omisión — Negativa de la OLAF a iniciar una investigación externa — Toma de postura — Solicitud de expedición de un requerimiento — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad»

1.                     Recurso por omisión — Legitimación pasiva — Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) — Falta de la condición de órgano u organismo de la Unión — Omisiones supuestamente cometidas por la OLAF en el marco de su misión de investigación — Recurso que debe considerarse dirigido contra la Comisión [Art. 265 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 3; Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión] (véanse los apartados 14 y 15)

2.                     Recurso por omisión — Toma de postura en el sentido del 265 TFUE, párrafo segundo, antes de la interposición del recurso — Inadmisibilidad (Art. 265 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 17 a 19)

3.                     Recurso por omisión — Personas físicas o jurídicas — Omisiones recurribles — Negativa de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a iniciar una investigación externa — Carencia de la calidad de acto impugnable en el sentido del artículo 263 TFUE — Inadmisibilidad [Arts. 263 TFUE y 265 TFUE; Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 3; Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión] (véanse los apartados 21 a 25)

4.                     Recurso por omisión — Competencia del juez de la Unión — Orden conminatoria dirigida a una institución — Improcedencia (Art. 265 TFUE) (véase el apartado 31)

Objeto

Recurso mediante el que se solicita al Tribunal que declare la omisión en que ha incurrido la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) al negarse a iniciar una investigación externa y le ordene que ponga fin a dicha omisión.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a In vivo OOO.