Auto del Tribunal General (Sala Octava)
de 22 de junio de 2015 — In vivo/Comisión
(Asunto T‑690/13)
«Recurso por omisión — Negativa de la OLAF a iniciar una investigación externa — Toma de postura — Solicitud de expedición de un requerimiento — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad»
1. Recurso por omisión — Legitimación pasiva — Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) — Falta de la condición de órgano u organismo de la Unión — Omisiones supuestamente cometidas por la OLAF en el marco de su misión de investigación — Recurso que debe considerarse dirigido contra la Comisión [Art. 265 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 3; Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión] (véanse los apartados 14 y 15)
2. Recurso por omisión — Toma de postura en el sentido del 265 TFUE, párrafo segundo, antes de la interposición del recurso — Inadmisibilidad (Art. 265 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 17 a 19)
3. Recurso por omisión — Personas físicas o jurídicas — Omisiones recurribles — Negativa de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a iniciar una investigación externa — Carencia de la calidad de acto impugnable en el sentido del artículo 263 TFUE — Inadmisibilidad [Arts. 263 TFUE y 265 TFUE; Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 3; Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión] (véanse los apartados 21 a 25)
4. Recurso por omisión — Competencia del juez de la Unión — Orden conminatoria dirigida a una institución — Improcedencia (Art. 265 TFUE) (véase el apartado 31)
Objeto
| Recurso mediante el que se solicita al Tribunal que declare la omisión en que ha incurrido la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) al negarse a iniciar una investigación externa y le ordene que ponga fin a dicha omisión. |
Fallo
1) | | Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) | | Condenar en costas a In vivo OOO. |