Sentencia del Tribunal General de 4 de marzo de 2010 - Monoscoop/OAMI (SUDOKU SAMURAI BINGO)
["Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa SUDOKU SAMURAI BINGO - Motivo de denegación absoluto − Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009]"]
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Monoscoop BV (Alkmaar, Países Bajos) (representante: A. Canela Giménez, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) (representante: Ó. Mondéjar Ortuño, agente)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 30 de septiembre de 2008 (asunto R 816/2008-2), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo SUDOKU SAMURAI BINGO como marca comunitaria.
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a Monoscoop BV.
____________1 - DO C 44, de 21.2.2009.