Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 8 de diciembre de 2005 - Castellblanch/OAMI
["Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria figurativa que incluye el elemento denominativo "CRISTAL CASTELLBLANCH" - Marca denominativa nacional anterior CRISTAL - Uso efectivo de la marca anterior - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b); artículo 15, apartado 2, letra a), y artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 40/94"]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Castellblanch, S.A. (Sant Sadurni d'Anoia, Barcelona) (representantes: F. de Visscher, E. Cornu, É. De Gryse y D. Moreau, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (representante: Sr. I. de Medrano Caballero, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, que actúa como parte interviniente ante el Tribunal de Primera Instancia: Champagne Louis Roederer SA (Reims, Francia) (representante: P. Cousin, abogado)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Sala Segunda de Recurso de la OAMI de 17 de noviembre de 2003 (asunto R 37/2000-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Castellblanch, S.A., y Champagne Louis Roederer SA
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a la demandante.
____________1 - DO C 71, de 20.3.2004.