Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 6 de octubre de 2021 — AZ/Comisión
(Asunto T‑196/19) (1)
«Ayudas de Estado — Régimen de ayudas ejecutado por Alemania en favor de algunos grandes consumidores de electricidad — Exención de las tarifas de acceso a la red para el período 2012‑2013 — Decisión por la que se declara el régimen de ayudas incompatible con el mercado interior e ilegal y se ordena la recuperación de las ayudas concedidas — Recurso de anulación — Plazo para recurrir — Admisibilidad — Concepto de ayuda — Fondos estatales — Selectividad — Igualdad de trato — Confianza legítima»
1. Recurso de anulación — Plazos — Inicio del cómputo — Fecha de publicación o de notificación — Fecha en que se tiene conocimiento del acto — Carácter subsidiario — Actos que, en virtud de una disposición reglamentaria, deben ser objeto de publicación en el Diario Oficial — Decisión de la Comisión que pone fin a un procedimiento de investigación formal en materia de ayudas de Estado — Recurso interpuesto por una parte que no es el destinatario de la decisión — Plazo calculado a partir de la fecha de publicación
[Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, arts. 9 y 32, ap. 3]
(véanse los apartados 35 a 38 y 40)
2. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Ayudas procedentes de los recursos del Estado — Concepto de recursos del Estado — Exención de las tarifas de acceso a la red otorgada a algunos grandes consumidores de electricidad — Compensación de las pérdidas de ingresos de los gestores de red mediante la introducción de una tasa recaudada de determinados consumidores finales y de los proveedores de electricidad — Inclusión — Requisitos — Tasa asimilable a una exacción parafiscal — Control estatal sobre los fondos percibidos en virtud de la tasa o sobre los gestores de estos fondos — Requisitos alternativos
(Art. 107 TFUE, ap. 1)
(véanse los apartados 56 a 74 y 77)
3. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Concesión imputable al Estado de una ventaja mediante recursos del Estado — Ayuda concedida contraviniendo normas nacionales — Falta de pertinencia
(Art. 107 TFUE, ap. 1)
(véanse los apartados 75 y 76)
4. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Ayudas procedentes de los recursos del Estado — Concepto de recursos del Estado — Exención de las tarifas de acceso a la red otorgada a algunos grandes consumidores de electricidad — Compensación de las pérdidas de ingresos de los gestores de red mediante la introducción de una tasa recaudada de determinados consumidores finales y de los proveedores de electricidad — Tasa repercutida íntegramente, por obligación legal, a estos deudores últimos — Tasa asimilable a una exacción parafiscal — Mecanismo de la tasa que se incluye en el concepto de recursos del Estado
(Art. 107 TFUE, ap. 1)
(véanse los apartados 78 a 98)
5. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Ayudas procedentes de los recursos del Estado — Concepto de recursos del Estado — Exención de las tarifas de acceso a la red otorgada a algunos grandes consumidores de electricidad — Compensación de las pérdidas de ingresos de los gestores de red mediante la introducción de una tasa recaudada de determinados consumidores finales y de los proveedores de electricidad — Control estatal sobre el mecanismo íntegro de percepción de la tasa y de asignación de los fondos generados — Control estatal sobre los fondos recaudados en concepto de la tasa — Mecanismo de la tasa que se incluye en el concepto de recursos del Estado
(Art. 107 TFUE, ap. 1)
(véanse los apartados 99 a 114)
6. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja — Delimitación material — Criterios — Identificación del régimen fiscal común o normal
(Art. 107 TFUE, ap. 1)
(véanse los apartados 122 a 133)
7. Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Ayuda otorgada infringiendo las normas de procedimiento del artículo 108 TFUE — Confianza legítima eventual de los beneficiarios — Inexistencia a no ser que concurran circunstancias excepcionales
(Art. 108 TFUE, ap. 3)
(véanse los apartados 148 a 155)
Fallo
2) | | AZ cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |
3) | | La República Federal de Alemania cargará con sus propias costas. |