Language of document : ECLI:EU:T:2009:482





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 3 de diciembre de 2009 — Iranian Tobacco/OAMI — AD Bulgartabac (TIR 20 FILTER CIGARETTES)

(Asunto T‑245/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de caducidad — Marca comunitaria figurativa TIR 20 FILTER CIGARETTES — No exigencia de un interés en ejercitar la acción — Artículo 55, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 56, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Solicitud de caducidad — Admisibilidad — Requisitos — Interés en ejercitar la acción [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 55, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 18 a 23)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 11 de abril de 2008 (asunto R 708/2007-1) relativa a un procedimiento de caducidad entre AD Bulgartabac Holding Sofia e Iranian Tobacco Co.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de caducidad:

Marca figurativa TIR 20 FILTER CIGARETTES para productos de la clase 34 — Marca comunitaria nº 400.804

Titular de la marca comunitaria:

Iranian Tobacco Co.

Parte que solicita la caducidad de la marca comunitaria:

AD Bulgartabac Holding Sofia

Resolución de la División de Anulación:

Declaración de caducidad de la marca comunitaria controvertida

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso de la demandante


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Iranian Tobacco Co.