Language of document :

Auto del Tribunal General de 10 de diciembre de 2013 – von Storch y otros/BCE

(Asunto T-492/12) 1

(«Recurso de anulación – Resoluciones adoptadas por el BCE – Características técnicas de las operaciones de compraventa simple del Eurosistema – Medidas para preservar la disponibilidad de activos de garantía – Medidas temporales relativas a las operaciones de refinanciación del Eurosistema y el carácter elegible de las garantías – Falta de afectación directa – Inadmisibilidad»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Sven A. von Storch (Berlín, Alemania) y los demás 5.216 demandantes cuyos nombres figuran en el anexo al auto (representantes: M. Kerber y B. von Storch, abogados)

Demandada: Banco Central Europeo (BCE) (representantes: C. Kroppenstedt y G. Gruber, agentes, asistidos por H.-G. Kamann, abogado)

Objeto

Con carácter principal, demanda de anulación, por una parte, de la resolución del BCE de 6 de septiembre de 2012 sobre una determinada serie de características técnicas de las operaciones de compraventa simple del Eurosistema en los mercados secundarios de la deuda soberana y, por otra, de la resolución del BCE de 6 de septiembre de 2012 por la que se adoptan medidas adicionales para preservar la disponibilidad de activos de garantía para las entidades de contrapartida, a fin de mantener su acceso a las operaciones de provisión de liquidez del Eurosistema y, con carácter subsidiario, demanda de anulación de la Orientación 2012/641/UE del BCE, de 10 de octubre de 2012, por la que se modifica la Orientación BCE/2012/18, sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2012/23) (DO L 284, p. 14).

Fallo

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

El Sr. Sven von Storch y los demás 5.216 demandantes cuyos nombres figuran en el anexo al presente auto cargarán con sus propias costas y con las del Banco Central Europeo (BCE).

____________

____________

1 DO C 32 de 2.2.2013.