Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 14 de julio de 2014 —
NIIT Insurance Technologies/OAMI (SUBSCRIBE)
(Asunto T‑404/13)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa SUBSCRIBE — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Igualdad de trato — Artículo 56 TFUE»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Examen por separado de los distintos motivos de denegación — Interpretación de los motivos de denegación a la luz del interés general que subyace en cada uno de ellos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 19)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Apreciación del carácter distintivo — Criterios [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 20)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa SUBSCRIBE [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 30 a 33)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Eslogan que transmite un mensaje objetivo [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 39)
5. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo] (véanse los apartados 47 y 48)
6. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Salas de Recurso — Consideración de la Oficina como órgano administrativo — Derecho de las partes a un «proceso» justo — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 51)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la OAMI de 4 de junio de 2013 (asunto R 1308/2012‑5) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo SUBSCRIBE como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a NIIT Insurance Technologies Ltd. |