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Petición de decisión prejudicial planteada por la Augstākā tiesa (Senāts) (Letonia) el 8 de agosto de 2023 — A / Patērētāju tiesību aizsardzības centrs

(Asunto C-507/23, Patērētāju tiesību aizsardzības centrs)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Augstākā tiesa (Senāts)

Partes en el procedimiento principal

Parte demandante en primera instancia y recurrente en casación: A

Parte demandada en primera instancia y otra parte en casación: Patērētāju tiesību aizsardzības centrs

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 82, apartado 1, del Reglamento General de Protección de Datos 1 en el sentido de que el tratamiento ilícito de datos personales, en cuanto infracción de dicho Reglamento, puede constituir, por sí solo, una injerencia injustificada en el derecho subjetivo de una persona a la protección de sus datos y un perjuicio causado a dicha persona?

¿Debe interpretarse el artículo 82, apartado 1, del Reglamento General de Protección de Datos en el sentido de que permite que, cuando no exista la posibilidad de restablecer la situación anterior a la causación del perjuicio, se imponga la obligación de disculparse como única indemnización del perjuicio inmaterial?

¿Debe interpretarse el artículo 82, apartado 1, del Reglamento General de Protección de Datos en el sentido de que permite que circunstancias indicativas de la actitud y de la motivación de quien trate los datos (por ejemplo, la necesidad de cumplir una misión realizada en interés público, la falta de intención de perjudicar a la persona o las dificultades para comprender el marco jurídico) fundamenten la fijación de una indemnización más reducida por el referido perjuicio?

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1     Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).