Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 1 de diciembre de 2020 — Senatsverwaltung für Inneres und Sport, Standesamtsaufsicht / TB
(Asunto C-646/20)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Senatsverwaltung für Inneres und Sport, Standesamtaufsicht
Recurrida: TB
Con intervención de: Standesamt Mitte von Berlin, RD
Cuestiones prejudiciales
Se plantean las siguientes cuestiones prejudiciales relativas a la interpretación de los artículos 1, apartado 1, letra a); 2, punto 4; 21, apartado 1, y 46 del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000: 1
1. ¿La disolución de un matrimonio en virtud del artículo 12 del Decreto Ley italiano (Decreto Legge) n.º 132 de 12 de septiembre de 2014 (DL n.º 132/2014) constituye una resolución judicial relativa al divorcio a los efectos del Reglamento Bruselas II bis?
2. En caso de respuesta negativa a la primera cuestión: ¿debe tratarse la disolución del matrimonio en virtud del artículo 12 del Decreto Ley italiano (Decreto Legge) n.º 132 de 12 de septiembre de 2014 (DL n.º 132/2014) conforme a lo previsto en el artículo 46 del Reglamento Bruselas II bis acerca de los documentos públicos y acuerdos?
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1 Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000 (en lo sucesivo, «Reglamento Bruselas II
bis») (DO 2003, L 338, p. 1).