Language of document : ECLI:EU:T:2016:403





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera)
de 12 de julio de 2016 — Comisión/Thales développement et coopération

(Asunto T‑326/13)

«Cláusula compromisoria — Cuarto y quinto programas marco para acciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico y demostración — Contratos relativos a proyectos que tienen por objeto la concepción y el desarrollo de pilas de combustible de metanol directo — Nulidad de los contratos por dolo — Reembolso de las contribuciones financieras de la Unión — Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 — Prescripción — Aplicación de los Derechos francés y belga — Derecho de defensa — Intereses»

1.                     Recursos propios de la Unión Europea — Reglamento relativo a la protección de los intereses financieros de la Unión — Procedimiento sancionador de las irregularidades — Plazo de prescripción — Aplicabilidad a una solicitud de reembolso de la contribución financiera abonada por la Comisión en virtud de un contrato celebrado en el marco de un programa marco de la Unión — Exclusión — Solicitud realizada a raíz de los controles efectuados por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude — Inexistencia de incidencia [Reglamento (CE) n.º 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo; Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 del Consejo, arts. 1, aps. 1 y 2, 3, ap. 1, 4 y 5, y Reglamento (Euratom, CE) n.º 2185/96 del Consejo] (véanse los apartados 52, 55 y 58)

2.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Aplicación a los procedimientos administrativos iniciados por la Comisión — Alcance — Aplicación a un procedimiento de cobro de créditos de origen contractual con respecto a un beneficiario de fondos europeos — Exclusión [Art. 272 TFUE; Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo, art. 119, ap. 2] (véanse los apartados 73 y 74)

3.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Principio de contradicción — Respeto en el marco de un procedimiento judicial — Alcance (véanse los apartados 76 y 77)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272 TFUE dirigido a que el Tribunal General ordene a la demandada el reembolso íntegro de la contribución financiera abonada por la Comisión a su predecesor jurídico, más los intereses de demora, en el marco del contrato JOE3-CT‑97-0063 comprendido en el cuarto programa marco de la Comunidad Europea para acciones comunitarias en materia de investigación y desarrollo tecnológicos y demostración (1994-1998), adoptado mediante la Decisión n.º 1110/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de abril de 1994 (DO 1994, L 126, p. 1), y en el marco del contrato ENK6-CT‑2000-00315 comprendido en el quinto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos (1998-2002), adoptado mediante la Decisión n.º 182/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 1998 (DO 1999, L 26, p. 1).

Fallo

1)

1) Condenar a Thales développement et coopération SAS a reembolsar a la Comisión Europea las cantidades abonadas a su predecesor jurídico en ejecución del contrato JOE3-CT‑97-0063, comprendido en el cuarto programa marco de la Comunidad Europea para acciones comunitarias en materia de investigación y desarrollo tecnológicos y demostración (1994-1998), adoptado mediante la Decisión n.º 1110/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de abril de 1994, que se enumeran a continuación:

–        una cantidad de 162 195,79 euros, más los intereses legales previstos por la ley francesa, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 179 201 euros, más los intereses legales previstos por la ley francesa, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 167 612,49 euros, más los intereses legales previstos por la ley francesa, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 136 892,29 euros, más los intereses legales previstos por la ley francesa, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 54 434,09 euros, más los intereses legales previstos por la ley francesa, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución.

2)

2) Condenar a Thales développement et coopération a reembolsar a la Comisión las cantidades abonadas a su predecesor jurídico en ejecución del contrato ENK6-CT‑2000-00315, comprendido en el quinto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos (1998-2002), adoptado mediante la Decisión n.º 182/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, que se enumeran a continuación:

–        una cantidad de 232 389,04 euros, más los intereses legales previstos por la ley belga, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 218 734,67 euros, más los intereses legales previstos por la ley belga, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 237 504,86 euros, más los intereses legales previstos por la ley belga, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución;

–        una cantidad de 124 192,86 euros, más los intereses legales previstos por la ley belga, correspondientes al período comprendido entre la fecha de abono de dicha cantidad y su completa devolución.

3)

3) La Comisión cargará con la mitad de las costas de Thales développement et coopération.

4)

4) Thales développement et coopération cargará con las costas de la Comisión y con la mitad de sus propias costas.