Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 22 de noviembre de 2011 — Sports Warehouse/OAMI (TENNIS WAREHOUSE)
(Asunto T‑290/10)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa TENNIS WAREHOUSE — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Carácter distintivo — Obligación de motivación — Artículos 7, apartado 1, letras b) y c), y 75 del Reglamento (CE) nº 207/2009»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 31 a 33)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 21 de abril de 2010 (asunto R 1259/2009-1) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo TENNIS WAREHOUSE como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Sports Warehouse GmbH. |