Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 27 de junio de 2012 —
Hearst Communications/OAMI — Vida Estética (COSMOBELLEZA)
(Asunto T‑344/09)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa COSMOBELLEZA — Marcas nacionales e internacionales denominativas y figurativas anteriores COSMO, COSMOPOLITAN, COSMOTEST, COSMOPOLITAN TELEVISION y THE COSMOPOLITAN SHOW — Marcas no registradas y nombres comerciales COSMO y COSMOPOLITAN — Motivos de denegación relativos — Inexistencia de riesgo de confusión — Falta de similitud entre las marcas — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 36 y 98 a 104)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 4 de junio de 2009 (asunto R 770/2007-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Hearst Communications, Inc. y Vida Estética, SL. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Hearst Communications, Inc. |