Language of document : ECLI:EU:T:2009:397

AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala de Casación)

de 12 de octubre de 2009

Asunto T‑283/09 P

Laleh Aayhan y otros

contra

Parlamento Europeo

«Recurso de casación — Función pública — Agentes auxiliares — Plazo para interponer recurso de casación — Extemporaneidad — Recurso de casación manifiestamente inadmisible»

Objeto: Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Segunda) de 30 de abril de 2009, Aayhan y otros/Parlamento (F‑65/07, aún no publicada en la Recopilación), y dirigido a la anulación de dicha sentencia.

Resultado: Se desestima el recurso de casación. La Sra. Laleh Aayhan y los otros 78 antiguos agentes auxiliares del Parlamento Europeo cuyos nombres figuran en el anexo de la sentencia cargarán con sus propias costas.

Sumario

Procedimiento — Plazo para recurrir — Caducidad de la acción — Fuerza mayor — Concepto

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 45)

Los conceptos de «caso fortuito» o de «fuerza mayor», en el sentido del artículo 45, párrafo segundo, del Estatuto del Tribunal de Justicia requieren la concurrencia de dificultades anormales, independientes de la voluntad del demandante y que resulten inevitables, a pesar de haber actuado con toda diligencia. Ambos conceptos constan de un elemento objetivo, relativo a las circunstancias anormales y ajenas al interesado, y de un elemento subjetivo, relativo a la obligación, por parte del interesado, de tomar precauciones contra las consecuencias del acontecimiento anormal, adoptando medidas adecuadas, sin aceptar sacrificios excesivos. En particular, el interesado debe vigilar cuidadosamente el desarrollo del procedimiento iniciado y actuar con diligencia a fin de respetar los plazos previstos. Así pues, el concepto de fuerza mayor no se aplica a una situación en la que una persona diligente y perspicaz habría estado objetivamente en condiciones de evitar la expiración del plazo para la interposición de un recurso. Tal es el caso cuando la causa principal de la presentación fuera de plazo de un recurso de casación radica en la circunstancia de que el abogado del interesado utilizó un «envío certificado no conforme para el extranjero» y, por tanto, no respetó algunos de los criterios que permiten al operador del servicio postal garantizar el adecuado despacho de dicho envío.

(véanse los apartados 19 y 20)

Referencia: Tribunal de Justicia, 12 de julio de 1984, Ferriera Valsabbia/Comisión (209/83, Rec. p. 3089), apartado 22; Tribunal de Justicia, 15 de diciembre de 1994, Bayer/Comisión (C‑195/91 P, Rec. p. I‑5619), apartados 31 y 32; Tribunal de Justicia, 18 de enero de 2005, Zuazaga Meabe/OAMI (C‑325/03 P, Rec. p. I‑403), apartado 25; Tribunal de Justicia, 8 de noviembre de 2007, Bélgica/Comisión (C‑242/07 P, Rec. p. I‑9757), apartado 17