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Sentencia del Tribunal General de 3 de octubre de 2012 - Jurašinović/Consejo

(Asunto T-63/10) 2

["Acceso a los documentos - Reglamento (CE) nº 1049/2001 - Solicitud de acceso a determinados documentos intercambiados con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en el curso de un proceso - Denegación de acceso - Riesgo de perjuicio para la protección de las relaciones internacionales - Riesgo de perjuicio para protección de los procedimientos judiciales y el asesoramiento jurídico"]

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Ivan Jurašinović (Angers, Francia) (representante: N. Amara-Lebret, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente, por C. Fekete y K. Zieleśkiewicz, posteriormente por C. Fekete y J. Herrmann, agentes)

Objeto

Con carácter principal, la anulación de la Decisión del Consejo, de 7 de diciembre de 2009, por la que se deniega conceder al demandante el acceso a las decisiones relativas a la transmisión al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de los documentos cuyo traslado se había solicitado en el proceso del Sr. Ante Gotovina y a la integridad de la correspondencia intercambiada en dicho proceso por las Instituciones de la Unión Europea y ese órgano jurisdiccional, incluyendo los anexos que existan, en particular, las solicitudes iniciales de documentos emanados tanto de ese órgano jurisdiccional como de los abogados del Sr. Gotovina.

Fallo

Anular la Decisión del consejo de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2009, por la que se deniega conceder al Sr. Ivan Jurašinović el acceso a las decisiones relativas a la transmisión al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de los documentos cuyo traslado se había solicitado en el proceso del Sr. Ante Gotovina ya la integridad de la correspondencia intercambiada en dicho proceso por las instituciones de la Unión Europea y ese órgano jurisdiccional, incluyendo los anexos que existan, en particular, las solicitudes iniciales de documentos emanados tanto de ese órgano jurisdiccional como de los abogados del Sr. Gotovina, en la medida en que la citada Decisión deniega el acceso a la correspondencia intercambiada por el Consejo y dicho órgano jurisdiccional, así como a los documentos distintos de los informes redactados por la misión de vigilancia de la Comunidad Europea, adjuntados a dicha correspondencia.

Desestimar el recurso en lo demás.

Cada parte cargará con sus propias costas.

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1 -

2 - DO C 113, de 1.5.2010.