Language of document : ECLI:EU:T:2011:98





Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de marzo de 2011 — Milux/OAMI (REFLUXCONTROL y otros)

(Asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10)

«Marca comunitaria — Representación de la demandante por un abogado que no tiene la condición de tercero — Inadmisibilidad»

Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Escrito firmado por un abogado, tercero respecto del demandante — Sociedad demandante representada por un abogado que asimismo es su gerente — Inadmisibilidad (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 19, párrs. 1, 3 y 4, y 21, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 43, ap. 1, párr. 1) (véanse los apartados 20, 21, 25 y 26)

Objeto

Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 13 de enero de 2010 (asunto R 1134/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo REFLUXCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑139/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1432/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo ANEURYSMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑280/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1433/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo APPETITECONTROL como marca comunitaria (asunto T‑281/10), de 8 de junio de 2010 (asunto R 1434/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo STOMACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑282/10), de 17 de junio de 2010 (asunto R 1435/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo BMICONTROL como marca comunitaria (asunto T‑283/10), de 3 de junio de 2010 (asunto R 1438/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo IMPLANTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑284/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1444/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo CHEMOCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑285/10), de 29 de junio de 2010 (asunto R 1436/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo OVUMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑349/10), de 2 de julio de 2010 (asunto R 1437/2009-4), relativa a la solicitud de registro del signo denominativo HEARTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑350/10), de 28 de julio de 2010 (asunto R 1439/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo VESICACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑351/10), y de 28 de julio de 2010 (asunto R 1443/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo RECTALCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑352/10).

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Milux Holding SA

Marcas comunitarias solicitadas:

Marcas denominativas REFLUXCONTROL, ANEURYSMCONTROL, APPETITECONTROL, STOMACONTROL, BMICONTROL, IMPLANTCONTROL, CHEMOCONTROL, OVUMCONTROL, HEARTCONTROL, VESICACONTROL y RECTALCONTROL para productos y servicios de las clases 9, 10 y 44

Resolución del examinador:

Desestimación de las solicitudes de marca comunitaria

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación de los recursos


Fallo

1)

Acumular los asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10 a efectos del presente auto.

2)

Declarar la inadmisibilidad de los recursos.

3)

Condenar en costas a Milux Holding SA.