Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de marzo de 2011 — Milux/OAMI (REFLUXCONTROL y otros)
(Asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10)
«Marca comunitaria — Representación de la demandante por un abogado que no tiene la condición de tercero — Inadmisibilidad»
Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Escrito firmado por un abogado, tercero respecto del demandante — Sociedad demandante representada por un abogado que asimismo es su gerente — Inadmisibilidad (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 19, párrs. 1, 3 y 4, y 21, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 43, ap. 1, párr. 1) (véanse los apartados 20, 21, 25 y 26)
Objeto
| Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 13 de enero de 2010 (asunto R 1134/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo REFLUXCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑139/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1432/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo ANEURYSMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑280/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1433/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo APPETITECONTROL como marca comunitaria (asunto T‑281/10), de 8 de junio de 2010 (asunto R 1434/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo STOMACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑282/10), de 17 de junio de 2010 (asunto R 1435/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo BMICONTROL como marca comunitaria (asunto T‑283/10), de 3 de junio de 2010 (asunto R 1438/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo IMPLANTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑284/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1444/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo CHEMOCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑285/10), de 29 de junio de 2010 (asunto R 1436/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo OVUMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑349/10), de 2 de julio de 2010 (asunto R 1437/2009-4), relativa a la solicitud de registro del signo denominativo HEARTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑350/10), de 28 de julio de 2010 (asunto R 1439/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo VESICACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑351/10), y de 28 de julio de 2010 (asunto R 1443/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo RECTALCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑352/10). |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Milux Holding SA |
Marcas comunitarias solicitadas: | Marcas denominativas REFLUXCONTROL, ANEURYSMCONTROL, APPETITECONTROL, STOMACONTROL, BMICONTROL, IMPLANTCONTROL, CHEMOCONTROL, OVUMCONTROL, HEARTCONTROL, VESICACONTROL y RECTALCONTROL para productos y servicios de las clases 9, 10 y 44 |
Resolución del examinador: | Desestimación de las solicitudes de marca comunitaria |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación de los recursos |
Fallo
1) | | Acumular los asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10 a efectos del presente auto. |
2) | | Declarar la inadmisibilidad de los recursos. |
3) | | Condenar en costas a Milux Holding SA. |