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Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2010 - Pieno žvaigždės/OAMI - Fattoria Scaldasole (Iogurt.)

(Asunto T-135/10)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: AB "Pieno žvaigždės" (Vilna) (representantes: I. Lukauskienė y R. Žabolienė, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Fattoria Scaldasole Srl (Monguzzo, Italia)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 18 de enero de 2010 en el asunto R 1070/2009-2.

Que se condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa "Iogurt.", para productos de la clase 29

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante

Marca o signo invocados en oposición: El registro lituano de marca de la marca figurativa "jogurtas", para productos de la clase 29; el registro comunitario de marca de la marca "jogurt", para productos de la clase 29

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición en su totalidad

Resolución de la Sala de Recurso: El recurso se considerará no presentado

Motivos invocados: Infracción del artículo 60 del Reglamento nº 207/2009 del Consejo, en relación con el artículo 8 del Reglamento de la Comisión nº 2869/95, 1 por cuanto la Sala de Recurso concluyó equivocadamente que no se pagó la tasa de recurso dentro del plazo fijado de dos meses desde la fecha de notificación de la resolución recurrida.

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1 - Reglamento (CE) nº 2869/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, relativo a las Tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Diseños y Modelos) (DO L 303, p. 33).