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Recurso interpuesto el 16 de junio de 2008 - Montero Padilla/OHMI - Padilla Requena (JOSE PADILLA)

(Asunto T-255/08)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Eugenia Montero Padilla (Madrid, España) (representantes: Sres. G. Aguillaume Gandasegui y P. Linde Puelles, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: José María Padilla Requena

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la OAMI de 1 de marzo de 2008 y acuerde la denegación de la solicitud de registro de marca comunitaria "JOSE PADILLA", para las clases 9ª, 25ª y 41ª.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: José María Padilla Requena.

Marca comunitaria solicitada: Marca verbal "JOSE PADILLA" (solicitud de registro nº 2.844.066) para productos y servicios de las clases, 9, 25 y 41.

Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: la demandante.

Marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Marca verbal española "JOSE PADILLA", para productos y servicios de la clase 41.

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Aplicación incorrecta de los artículos 4, 7, apartado 1, letras a), b), c) y f), y artículo 8, apartados 1 y 5, del Reglamento (CE) nº 40/94 sobre la marca comunitaria.

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