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Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 13 de diciembre de 2005 - Cwik/Comisión

(Asuntos acumulados T-155/03, T-157/03 y T-331/03) 1

("Funcionarios - Informe de calificación - Ejercicios de calificación 1995/1997, 1997/1999 y 1999/2001 - Recurso de anulación - Elaboración simultánea de varios informes de calificación sucesivos - Irregularidades de procedimiento - Extemporaneidad - Expediente individual - Error manifiesto de apreciación - Desviación de poder - Motivación incoherente - Indemnización del perjuicio sufrido - Perjuicio material - Perjuicio moral")

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Michael Cwik (Tervuren, Bélgica) (representantes: N. Lhoëst y E. de Schietere de Lophem, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: J. Currall y L. Lozano Palacios, agentes)

Objeto

Por una parte, unas pretensiones de anulación de las decisiones de la Comisión por las que se aprobaron con carácter definitivo los informes de calificación del demandante correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1 de julio de 1995 y el 30 de junio de 1997, entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1999 y entre el 1 de julio de 1999 y el 30 de junio de 2001 y, en la medida en que resulte necesario, de las decisiones de la Comisión por las que se desestimaron las reclamaciones del demandante relativas a dichos informes, así como, por otra parte, unas pretensiones de indemnización del supuesto perjuicio material y moral sufrido.

Fallo

Anular las decisiones de la Comisión por las que se aprobaron con carácter definitivo los informes de calificación del demandante correspondientes a los períodos 1995/1997 y 1997/1999, así como las decisiones de la Comisión por las que se desestimaron las reclamaciones del demandante relativas a dichos informes de calificación.

Condenar a la Comisión a abonar al demandante una cantidad de 2.000 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios.

Desestimar los recursos en todo lo demás.

En los asuntos T-155/03 y T-157/03, condenar en costas a la Comisión.

En el asunto T-331/03, condenar a la Comisión a soportar sus propias costas y la mitad de las costas en que haya incurrido el demandante.

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1 -

2 - DO C 171, de 19.7.2003.