Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 26 de septiembre de 2014 — Brainlab/OAMI (Curve)
(Asunto T‑266/13)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa Curve — Motivo de denegación absoluto — Marca contraria al orden público o a las buenas costumbres — Artículo 7, apartado 1, letra f), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas contrarias al orden público o a las buenas costumbres — Examen tomando como referencia la percepción del signo por el público pertinente [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra f)] (véanse los apartados 14, 19 y 28)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas contrarias al orden público o a las buenas costumbres — Marca denominativa Curve [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra f)] (véanse los apartados 15, 20 a 25 y 29 a 37)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 15 de marzo de 2013 (asunto R 2073/2012-4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo Curve como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Brainlab AG. |