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Recurso interpuesto el 15 de noviembre de 2010 - Psarras/ENISA

(Asunto F-118/10)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Aristidis Psarras (Heraklion, Grecia) (representantes: E. Boigelot y S. Woog, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

Objeto y descripción del litigio

Por una parte, anulación de la decisión de destituir al demandante de sus funciones de contable de la Agencia y de nombrar a otra persona para ese mismo puesto. Por otra parte, solicitud de que se abone al demandante una cantidad en concepto de reparación del perjuicio sufrido a consecuencia de los actos impugnados y del acoso del que afirma haber sido víctima.

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de 7 de febrero de 2010 del Consejo de Administración de ENISA de destituir al demandante de sus funciones de contable de la Agencia con efecto inmediato y de nombrar a otra persona para el puesto de contable por una duración indeterminada.

Que se anule, como acto preparatorio, el anexo 1 de la decisión de 7 de febrero de 2010 anteriormente citada; dicho anexo 1 es la propuesta del Director Ejecutivo del Consejo de Administración de asignar de manera permanente las tareas de contable a otra persona y de destituir al demandante de sus funciones de contable.

En la medida en que sea necesario, que se anule la decisión de 1 de marzo de 2010 adoptada, en consecuencia, por el Director Ejecutivo de destinar al demandante a un nuevo puesto de conformidad con el artículo 7 del Estatuto.

A consecuencia de estas anulaciones, que se restablezca al demandante en el puesto de contable de la Agencia.

Que se condene a ENISA a abonar al demandante la cantidad de 10.000 euros en concepto de reparación, por una parte, del perjuicio sufrido a causa de las decisiones impugnadas y, por otra parte, del perjuicio moral sufrido por el acoso psicológico del que ha sido víctima, sin perjuicio de que pueda incrementarse en el transcurso del procedimiento.

Que se condene en costas a ENISA.

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