Language of document : ECLI:EU:T:2011:56





Auto del Presidente del Tribunal General de 17 de febrero de 2011 — Comunidad Autónoma de Galicia/Comisión

(Asunto T‑520/10 R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales — Ayudas de Estado — Compensación de los costes adicionales de producción de ciertas centrales eléctricas como consecuencia de su obligación de servicio público de producir determinados volúmenes de electricidad utilizando carbón autóctono y establecimiento de un “mecanismo de entrada en funcionamiento preferente” en favor de dichas centrales — Decisión de no plantear objeciones — Demanda de suspensión de la ejecución — Fumus boni iuris — Inexistencia de urgencia — Ponderación de los intereses contrapuestos»

1.                     Procedimiento — Intervención — Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Interés directo y efectivo — Apreciación que tiene en cuenta las particularidades del procedimiento sobre medidas provisionales (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 40, párr. 2, y 53, párr. 1) (véanse los apartados 28, 30 y 31)

2.                     Procedimiento — Intervención — Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Interés en la solución del procedimiento sobre medidas provisionales — Apreciación en relación con las consecuencias en la situación económica o jurídica de quienes solicitan la intervención (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 40, párr. 2, y 53, párr. 1) (véase el apartado 29)

3.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Perjuicio grave e irreparable — Carácter acumulativo — Orden en que deben examinarse y modo de verificación — Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales (Arts. 256 TFUE, ap. 1, 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 39 y 40)

4.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal — Recurso contra una decisión de la Comisión por la que se autoriza una ayuda estatal — Motivo, no desprovisto de fundamento, en el que se plantea si el examen efectuado por la Comisión exclusivamente en la fase preliminar, sin incoar el procedimiento principal, fue realmente suficiente y completo (Art. 278 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 43, 56 y 57)

5.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Facultad de apreciación de la Comisión — Límites — Decisión por la que se declara compatible con el mercado común una ayuda cuyas consecuencias son contrarias a disposiciones específicas del Tratado — Requisitos — Modalidades de la ayuda indisolublemente vinculadas al objeto de ésta (Arts. 107 TFUE y 108 TFUE) (véase el apartado 54)

6.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Proyectos de ayudas — Examen por la Comisión — Fase preliminar y fase contradictoria — Compatibilidad de una ayuda con el mercado común — Dificultades de apreciación — Obligación de la Comisión de iniciar el procedimiento contradictorio — Concepto — Dificultades serias — Carácter objetivo (Art. 108 TFUE, aps. 2 y 3) (véanse los apartados 45 a 47 y 56)

7.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 59 a 62 y 68)

8.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Ponderación de todos los intereses en conflicto — Inexistencia de demostración del riesgo de que se produzca un perjuicio grave e irreparable — Eventual distorsión del funcionamiento competitivo del mercado de la electricidad — Primacía de los intereses del Estado miembro y de las empresas beneficiarias sobre el interés del demandante (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 80, 81 y 96)

9.                     Competencia — Empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general — Definición de servicios de interés económico general — Facultad de apreciación de los Estados miembros — Límites — Control de la Comisión y control jurisdiccional limitados al supuesto de error manifiesto de apreciación (Arts. 106 TFUE, ap. 2, y 107 TFUE, ap. 1; Protocolo nº 26 sobre los servicios de interés general, anejo al Tratado UE y al Tratado FUE) (véanse los apartados 90 a 93)

Objeto

Demanda de medidas provisionales en la que se solicita, esencialmente, que se ordene suspender la ejecución de la Decisión C(2010) 4499 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2010, relativa a la ayuda estatal N 178/2010, notificada por el Reino de España, en forma de compensación por servicio público asociada a un mecanismo de entrada en funcionamiento preferente para las centrales de producción de electricidad que utilizan carbón autóctono.

Fallo

1)

Admitir la intervención de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., y de la Federación Nacional de Empresarios de Minas de Carbón como coadyuvantes en el procedimiento, en apoyo de las pretensiones de la Comisión Europea.

2)

La Secretaría remitirá una copia de todos los escritos procesales a las partes mencionadas en el punto 1 de este fallo.

3)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

4)

Reservar la decisión sobre las costas.