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Recurso interpuesto el 26 de febrero de 2021 — Comisión Europea / Irlanda

(Asunto C-125/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Tomkin y S. Grünheid, agentes)

Demandada: Irlanda

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 29, apartados 1 y 2, de la Decisión Marco 2008/909/JAI del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas u otras medidas privativas de libertad a efectos de su ejecución en la Unión Europea, 1 al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Decisión Marco o, en cualquier caso, al no haberlas notificado a la Comisión.

Que se condene en costas a Irlanda.

Motivos y principales alegaciones

Con arreglo al artículo 29, apartados 1 y 2, de la Decisión Marco 2008/909/JAI, los Estados miembros debían adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Decisión Marco a más tardar el 5 de diciembre de 2011 y notificarlas a la Comisión.

La Comisión considera que Irlanda ha incumplido sus obligaciones con arreglo al artículo 29, apartados 1 y 2, de la Decisión Marco 2008/909/JAI del Consejo al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas para dar cumplimiento a la Decisión Marco o, en cualquier caso, al no haberlas notificado a la Comisión.

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1 DO 2008, L 327, p. 27.