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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 9 de septiembre de 2002 contra el Banco Europeo de Inversiones por "D"

    (Asunto T-275/02)

    Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Primera Instancia se ha presentado el 9 de septiembre de 2002 un recurso contra el Banco Europeo de Inversiones formulado por "D", representado por la Sra. Joëlle Choucroun, abogado, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

(Declare que el presente recurso es admisible y fundado.

( Anule la decisión unilateral del Banco Europeo de Inversiones de 26 de marzo de 2002, por la que se prorroga por cuatro meses más del período de prueba de seis meses convenido por las partes.

(Anule la decisión del Banco Europeo de Inversiones, de 25 de junio de 2002, publicada el 28 de junio de 2002, por la que se resuelve unilateralmente, ya expirado el período de prueba y con efectos a 15 de julio de 2002, el contrato de trabajo por tiempo determinado de la parte demandante, celebrado el 2 de octubre de 2001.

(Condene al Banco Europeo de Inversiones a abonar a la parte demandante la cantidad de 45.000 EUR en concepto de daños y perjuicios.

(Condene en costas al Banco Europeo de Inversiones.

Motivos y principales alegaciones:

La parte demandante en el presente recurso impugna la prórroga del período de prueba al servicio del demandado y la resolución unilateral, por parte de éste, de su contrato de trabajo una vez expirado dicho período.

En apoyo de sus pretensiones, la parte demandante alega lo siguiente:

(La violación del principio de legalidad, en la medida en que ni la carta de contratación ni los Estatutos del Banco prevén la posibilidad de prorrogar el período de prueba; el Banco no puede invocar circunstancia alguna que modifique este aspecto.

(La violación del principio pacta sunt servanda, ya que el Banco no ejercitó durante el período de prueba su derecho a resolver el contrato sin obligación de motivación mediante un preaviso de 15 días y que el demandado no puede modificar unilateralmente los términos del contrato.

Además, la parte demandante alega que se han vulnerado los deberes de asistencia y protección y el principio de protección de la confianza legítima.

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