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Recurso interpuesto el 8 de enero de 2008 - Evets/OAMI (DANELECTRO)

(Asunto T-20/08)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Evets Corporation (Irvine, Estados Unidos) (representante: S. Ryan, Solicitor)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución R 603/2007-4 de la Cuarta Sala de Recurso de 5 de noviembre de 2007.

Que se declare que la pretensión de restitutio in integrum se formuló dentro de plazo con arreglo al artículo 78, apartado 2.

Que se devuelva el asunto a la Cuarta Sala de Recurso para que resuelva la cuestión de fondo sobre si se demostró toda la diligencia requerida para renovar la marca de que se trata.

Que se condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria de que se trata: Marca denominativa comunitaria "DANELECTRO" para bienes y servicios de las clases 9 y 15 - Solicitud nº 117.937

Resolución de la División de Administración de Marcas y de Cuestiones Jurídicas: Desestimación de la petición de restitutio in integrum y declaración de anulación de la marca

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso y declaración de que la petición de restitutio in integrum se consideraba no presentada

Motivos invocados: Infracción del artículo 78, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 40/94

La demandante alega que la cuestión de la observancia del plazo de dos meses establecido en la citada disposición para presentar la petición de renovación de registro y para abonar las tasas de renovación no formaba parte del objeto del recurso. Si el Tribunal de Justicia considerase que la Sala de Recurso podía examinar esta cuestión, la demandante alega con carácter subsidiario que el plazo se calculó de modo incorrecto.

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