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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 22 de octubre de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Walter Parlante

(Asunto T-432/04)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 22 de octubre de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por el Sr. Walter Parlante, con domicilio en Enghien (Bélgica), representado por Me Lucas Vogel, abogado.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Anule la decisión adoptada por la AFPN el 5 de julio de 2004, por la que se desestimó la reclamación presentada por el demandante el 26 de febrero de 2004, mediante la que éste impugnaba la decisión de no concederle una promoción del grado C2 al grado C1 para el ejercicio de promoción de 2003.

-    Anule también, en la medida en que sea necesario, la decisión inicial adoptada por la AFPN en diciembre de 2003, por la que se denegó al demandante la promoción del grado C2 al grado C1 para el ejercicio de promoción de 2003.

-    Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca la infracción del artículo 45 del Estatuto, la vulneración del principio de no discriminación y la existencia de un error manifiesto de apreciación. Según el demandante, el nuevo procedimiento de promoción no garantiza la realización de un análisis comparativo correcto y equitativo de los méritos individuales de los funcionarios, puesto que sólo se comparan con los del resto de funcionarios de la misma Dirección General.

Adicionalmente, el demandante alega que el artículo 12 de las Disposiciones generales de aplicación del artículo 45 del Estatuto infringe lo dispuesto en este último precepto e incurre en discriminación, al atribuir a determinados funcionarios puntos de prioridad adicionales en el ejercicio de promoción 2003 por el mero hecho de haber sido propuestos para una promoción en 2002 sin llegar a ser efectivamente promovidos.

El demandante invoca también una vulneración del principio de confianza legítima.

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