Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 15 de marzo de 2012 —
Mustang/OAMI — Decathlon (línea ondulada)
(Asunto T‑379/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa que representa una línea ondulada — Marcas nacional e internacional figurativas anteriores que representan una línea ondulada blanca sobre fondo negro — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 26 a 28 y 56 a 59)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 8 de julio de 2008 (asunto R 859/2007‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre Decathlon SA y Mustang — Bekleidungswerke GmbH & Co. KG. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Mustang — Bekleidungswerke GmbH & Co. KG. |