Language of document : ECLI:EU:T:2013:621





Auto del Presidente del Tribunal General de 19 de noviembre de 2013 —
1. garantovaná/Comisión

(Asunto T‑42/13)

«Recurso de anulación — Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del carburo de calcio y magnesio para las industrias del acero y del gas en el EEE, con excepción de Irlanda, España, Portugal y el Reino Unido — Multas — Intereses de demora — Acto no recurrible — Inadmisibilidad»

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Escrito de la Comisión instando al destinatario a abonar una multa, incrementada por los intereses de demora, impuesta por infracción de las reglas de competencia — Acto preparatorio de actos meramente ejecutivos — Inadmisibilidad [Arts. 256 CE, 263 TFUE, párr. 4, 267 TFUE y 299 TFUE, párr. 4; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 51; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 86, ap. 2, letra b)] (véanse los apartados 19, 20, 24 a 28, 35 y 39)

Objeto

Anulación de la decisión supuestamente incluida en el escrito de la Comisión de 21 de diciembre de 2012 (asunto COMP/39.396 — Reactivos basados en carburo de calcio y magnesio para las industrias del acero y del gas), mediante la que la Comisión reclamaba a la demandante que le abonara el importe que quedaba por pagar de la multa que le había impuesto mediante su Decisión C(2009) 5791 final, de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 [CE] y al artículo 53 del Acuerdo EEE, incrementado por los intereses de demora, o que constituyera en su favor una garantía bancaria que cubriera ese mismo importe.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

1. garantovaná a.s. cargará con sus propias costas y con las soportadas por la Comisión Europea.