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Sentencia del Tribunal General de 12 de julio de 2018 — Fujikura/Comisión

(Asunto T-451/14) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo de los cables de energía — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Infracción única y continuada — Prueba de la infracción — Duración de la participación — Cálculo del importe de la multa — Gravedad de la infracción — Competencia jurisdiccional plena»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Fujikura Ltd (Tokio, Japón) (representante: L. Gyselen, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Biolan, C. Giolito y H. van Vliet, agentes, asistidos por M. Johansson, abogado)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Viscas Corp. (Tokio) (representante: J.-F. Bellis, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita, por un lado, la anulación parcial de la Decisión C(2014) 2139 final de la Comisión, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y [d]el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto AT.39610 — Cables de energía), en cuanto se refiere a la demandante, y, por otro lado, la reducción del importe de la multa impuesta a esta.

Fallo

Desestimar el recurso.

Fujikura Ltd cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

Viscas Corp. cargará con sus propias costas.

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1 DO C 303 de 8.9.2014.