Language of document : ECLI:EU:T:2018:455





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 12 de julio de 2018 — Sumitomo Electric Industries y JPower Systems/Comisión

(Asunto T450/14)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo de los cables de energía — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Infracción única y continuada — Prueba de la infracción — Duración de la participación — Distanciamiento público — Cálculo del importe de la multa — Gravedad de la infracción — Competencia jurisdiccional plena»

1.      Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Modo de prueba — Utilización de un conjunto de indicios — Grado de fuerza probatoria exigido en relación con cada uno de los indicios — Procedencia de la apreciación global de un conjunto de indicios — Respeto del principio de presunción de inocencia

(Art. 101 TFUE, ap. 1; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 48)

(véanse los apartados 47 a 53, 88, 89, 103 y 104)

2.      Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Prueba del cese de la infracción — Falta de distanciamiento de las decisiones adoptadas — Distanciamiento público — Criterios de apreciación

(Art. 101 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 61 a 63 y 98 a 102)

3.      Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Utilización, como medios probatorios, de declaraciones de otras empresas que hayan participado en la infracción — Procedencia

(Art. 101 TFUE, ap. 1; Comunicación 2006/C 298/11 de la Comisión)

(véanse los apartados 70 a 72)

4.      Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho a la tutela judicial efectiva — Control jurisdiccional de las decisiones adoptadas por la Comisión en materia de competencia — Control de legalidad — Circunstancias que deben considerarse — Elementos anteriores y posteriores a la decisión impugnada — Elementos aportados en el procedimiento administrativo o aportados por primera vez en el marco del recurso de anulación — Inclusión

(Arts. 101 TFUE y 263 TFUE)

(véanse los apartados 93 a 95)

5.      Competencia — Multas — Importe — Determinación — Ajuste del importe de base — Circunstancias atenuantes — Comportamiento que se aparta del acordado en el marco de las prácticas colusorias — Apreciación

[Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, punto 29]

(véanse los apartados 111 a 121)

6.      Competencia — Multas — Importe — Determinación — Facultad de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional — Competencia jurisdiccional plena del juez de la Unión — Alcance

[Art. 261 TFUE; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 31]

(véanse los apartados 125 y 126)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita, por un lado, la anulación de la Decisión C(2014) 2139 final de la Comisión, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y [d]el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto AT.39610 — Cables de energía), en cuanto se refiere a las demandantes, y, por otro lado, la reducción del importe de la multa impuesta a estas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Sumitomo Electric Industries Ltd y a J‑Power Systems Corp.