Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 19 de mayo de 2010 — Outokumpu y Luvata/Comisión
(Asunto T‑20/05)
«Competencia — Prácticas colusorias — Sector de los tubos de cobre para fontanería — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Multas — Tamaño del mercado afectado — Circunstancia agravante — Reincidencia»
1. Procedimiento — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 44, ap. 1, y 48, ap. 2) (véanse los apartados 57 y 58)
2. Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Circunstancias agravantes — Reincidencia (Art. 65 CA; art. 81 CE; Reglamento nº 17 del Consejo, art. 15, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 2) (véanse los apartados 61 a 63)
3. Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Circunstancias agravantes — Reincidencia (Reglamento nº 17 del Consejo, art. 15, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 2) (véanse los apartados 69 a 70)
4. Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Tamaño del mercado de los productos de que se trata — Consideración (Reglamento nº 17 del Consejo, art. 15, ap. 2) (véase el apartado 77)
Objeto
| Pretensión de anulación o de reducción de la multa impuesta a las demandantes en el artículo 2, letra j), de la Decisión C(2004) 2826 de la Comisión, de 3 de septiembre de 2004, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/E 1/38.069 — Tubos de cobre para fontanería). |
Parte dispositiva
2) | | Condenar en costas a Outokumpu Oyj y Luvata Oy. |